lunes, 8 de enero de 2024

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DEBE LLAMAR A JUICIO A ARTURO CHAR

 

Por Germán Ayala Osorio

La maniobra jurídica de la defensa del imputado Arturo Char con la que se buscó sacarlo de la cómoda unidad militar en la que espera ser llamado a juicio, constituye una afrenta contra la Corte Suprema de Justicia que ordenó su detención. Por ello, el alto tribunal debe acelerar el proceso y llamarlo a juicio cuanto antes.

El incontrastable poder económico y político del clan Char pone en riesgo lo actuado por los magistrados que ordenaron la detención del excongresista. Permitir su libertad es abrir la posibilidad para que salga del país y no responda por los delitos que se le imputan.

La maliciosa lectura que la defensa del procesado hace de la figura del Habeas Corpus tiene en la magistrada Cristina Lombana un soporte político, más que jurídico. Miguel Ángel del Río, abogado de Aída Merlano y actor procesal en este caso, considera que “la magistrada Cristina Lombana no puede manifestarse sobre la solicitud de Habeas Corpus en favor de Arturo Char. Debe declararse impedida por su relación personal con el abogado del exsenador. El juez de Santa Marta puede estar prevaricando al aceptar un vencimiento”.

El “túnel jurídico” que la defensa de Arturo Char quiso construir, de la mano de la magistrada Lombana, pone en entredicho el ejercicio del derecho en este país, a juzgar por todas las medidas dilatorias a las que pueden apelar los abogados para luego elevar la petición de libertad de sus defendidos. Una cosa son las garantías constitucionales y procesales y otras muy diferentes las “jugaditas” que a diario el país conoce de casos públicos como el de Arturo Char, con las que fiscales y abogados buscan denodadamente favorecer a sujetos procesales con los ya conocidos vencimientos de términos o con la petición del Habeas Corpus.

Los argumentos de la magistrada Lombana se acercan más a sus valoraciones y consideraciones políticas, que a un examen jurídico de las pruebas recolectadas por la Sala de Instrucción de la CSJ. Por ello, el origen político del imputado y el poder económico y político del clan al que pertenece, convierten un proceso jurídico prístino, en una turbia disputa entre dos bandos: uno, que apela a jugaditas y el otro, apegado a las normas y a una ética maximalista del ejercicio del derecho. En este último está la defensa de Aída Merlano, en cabeza del jurista Miguel Ángel del Río.

Al final, el que sale mal librado en su imagen es el aparato de justicia. Por todo lo anterior, la Corte Suprema de Justicia, ante lo sucedido, está en la obligación de llamar a juicio al miembro de la familia Char. Debe rápidamente juzgarlo y condenarlo, de acuerdo con todo el material probatorio que entregó la excongresista y amiga de los miembros del clan Char, Aída Merlano, procesada y condenada por los delitos electorales que le fueron imputados a Arturo Char.


Adenda: el apoyo de la Procuradora, Margarita Cabello Blanco, a la magistrada que apoya el Habeas Corpus solicitado por la defensa, se explica porque su amistad con los Char. Finalmente, ella fue puesta en el Ministerio Público como cuota política del poderoso clan barranquillero. 

Adenda 2: horas después de publicarse esta nota, se conoció la orden del juez de Santa Marta de dejar en libertad a Char Chaljub por vencimiento de términos. Correcta o no la aplicación de la medida, la Corte Suprema de Justicia debe llamarlo cuanto antes a juicio. 




Imagen tomada del Hoy diario del Magdalena


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